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lunes, 30 de marzo de 2020

Fernando Simon, dio positivo por coronavirus


Fernando Simon, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias dio positivo por coronavirus, aunque esta aislado en su casa y no fue necesario ingresarlo en un hospital. Que supere lo antes posible la enfermedad y se recupere por completo, ya que el papel en estos momentos es imprescindible. Desde aquí le envió mis mejores deseos

domingo, 29 de marzo de 2020

El Gobierno endurece las medidas de confinamiento.


El Gobierno endurece las medidas de confinamiento, decretando que los trabajadores en actividades no esenciales deberán permanecer en casa. Las actividades esenciales serian:
Estos son los trabajos esenciales que marca el Gobierno:
1. A las personas trabajadoras en las actividades que deban continuar realizándose al amparo de los artículos 10.1, 10.4, 14.4, 16, 17 y 18, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y de la normativa aprobada por la Autoridad Competente y las Autoridades Competentes Delegadas.
2. A las personas trabajadoras en las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final.
3. A las personas trabajadoras de las actividades de hostelería y restauración que prestan servicios de entrega a domicilio.
4. A las personas trabajadoras de todas las actividades productivas del sector industrial manufacturero y, en especial, las del sector químico, los sectores de fabricación de medicamentos y farmacia, del sector de la
alimentación y bebidas, los subsectores del textil, el vidrio, el tabaco, los productores de bienes de equipo y los sectores de la cadena de valor de fabricación de todo tipo de tecnología sanitaria, material médico, equipos
de protección, equipamiento sanitario y hospitalario, los sectores de producción de pasta, papel, cartón o celulosa, así como aquellas otras actividades conexas que ofrezcan los suministros, equipos, materiales,
materias primas o servicios profesionales necesarios para el correcto desarrollo de dichas actividades.
5. A las personas trabajadoras en las actividades que deban prestar los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, que se continúen desarrollando desde la declaración del estado de alarma, así
como de aquéllas que deban asegurar el mantenimiento de los medios empleados para ello, al amparo de la normativa aprobada por la Autoridad Competente y las Autoridades Competentes Delegadas desde la declaración del estado de alarma.
6. A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al personal que presta servicios en Instituciones Penitenciarias y al personal de los servicios de protección civil, salvamento y extinción de incendios, así como tráfico y seguridad vial.
7. A las Fuerzas Armadas.
8. Al personal de las empresas de seguridad privada que presta servicios de transporte de seguridad, de respuesta ante alarmas, de ronda o vigilancia discontinua, y aquellos que resulte preciso utilizar para el desempeño de
servicios de seguridad en garantía de los servicios esenciales y el abastecimiento a la población.
9. A las personas trabajadoras de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como a las que atiendan mayores, personas dependientes o personas con discapacidad, así como las personas que trabajen en empresas, entidades y centros de investigación en los que se estén desarrollando proyectos relacionados con el COVID19, y contra todas aquellas otras enfermedades que impliquen ensayos clínicos y pruebas de concepto en marcha; así como los animalarios a ellos asociados y
las empresas prestadoras de servicios y suministradores de productos necesarios para la investigación en estas materias.
10.A las personas empleadas del hogar y personas cuidadoras.
11. A las personas trabajadoras que prestan servicios en puntos de venta de prensa y en medios de comunicación o agencias de noticias de titularidad pública y privada, así como en su impresión o distribución.
12.A las personas trabajadoras de empresas de servicios financieros y de seguros.
13.A las personas trabajadoras de la industria electrointensiva, siderúrgica y altos hornos y minera, así como a las personas trabajadoras en la producción y suministro de servicios de calefacción o aire acondicionado de forma centralizada para múltiples centros de consumo.
14.A las personas trabajadoras de empresas dedicadas a la fabricación de baterías de plomo, así como cualesquiera otros materiales necesarios para la prestación de servicios sanitarios.
15.A las personas que trabajan en plantas con ciclo de producción continuo o cuya interrupción pueda ocasionar daños graves en la propia instalación o peligro de accidentes.
16.A las personas que trabajan en la industria aeroespacial y de defensa, así como otras actividades de importancia estratégica para la economía nacional.
17.A las personas trabajadoras de las empresas de telecomunicaciones y de
servicios informáticos esenciales. En las entidades pertenecientes al Sector Público, en el sentido definido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, tendrán la consideración de servicios informáticos esenciales aquéllos que
resulten imprescindibles para la adecuada prestación de los servicios públicos, así como el funcionamiento del trabajo no presencial de los empleados públicos.
18.A las personas trabajadoras de empresas servicios esenciales relacionados con la protección y atención de víctimas de violencia de género.
19.A las personas trabajadoras que presten servicios en actividades necesarias para la gestión y abono de las prestaciones públicas, subsidios y ayudas legal y reglamentariamente establecidas y el funcionamiento del Sistema de la Seguridad Social.
20.A las personas trabajadoras que presten servicios en gestorías administrativas y de graduados sociales, asesorías, despachos
profesionales, servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales y, en general, aquellas dedicadas a la actividad de
asesoramiento legal, fiscal, empresarial y sociolaboral o a la defensa de los intereses de las personas consumidoras.
21.El personal laboral al servicio de las notarías y registros para el cumplimiento de los servicios esenciales fijados por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
22.A las autoridades civiles responsables de la salud pública y los empleados que presten servicios en dicho ámbito, así como aquellos otros relacionados directa o indirectamente con la gestión de la emergencia sanitaria.
23.A las personas trabajadoras de los servicios funerarios, así como de la construcción de nichos y otras actividades conexas.
24.A las personas trabajadoras que presten servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia, así como que presten servicios en materia de recogida, gestión y tratamiento de residuos peligrosos, así como de residuos sólidos urbano, peligrosos y no peligroso, recogida y tratamiento de aguas residuales, actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos y retirada de animales muertos o en cualquiera de las entidades pertenecientes al Sector Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público.
25.A las personas trabajadoras en los Centros de Acogida a Refugiados y en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes y a las entidades públicas de gestión privada subvencionadas por la Secretaría de Estado
de Migraciones y que operan en el marco de la Protección Internacional y de la Atención Humanitaria.
26.A las personas trabajadoras que participen en la prestación de servicios que hayan sido declarados o se puedan declarar esenciales por la Autoridad competente y las Autoridades competentes delegadas al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
27.Al personal del operador designado por el Estado para prestar el servicio postal universal, con el fin de prestar los servicios de recogida, admisión, transporte, clasificación, distribución y entrega a los exclusivos efectos de garantizar dicho servicio postal universal.
28.A las personas que desarrollen la actividad de gestión y explotación de autopistas de peaje, incluidas las estaciones y áreas de servicio que se encuentren en las mismas.
29.A las personas trabajadoras en actividades de abastecimiento, depuración, conducción, potabilización y saneamiento de agua.
30. A las personas trabajadoras en la provisión de servicios meteorológicos
incluidos los servicios de mantenimiento y vigilancia, control de procesos
operativos vinculados a los servicios meteorológicos, procesos de predicción meteorológica y proceso de observación aeronáutica y observación/predicción en defensa.
31.Asimismo, tendrán la consideración de servicio esencial la prestación de servicios a las Administraciones Públicas, cuando ello sea imprescindible, y en la medida en que lo sea para garantizar el funcionamiento básico de los servicios públicos. Del mismo modo, aquéllas que presten servicios en actividades de gestión de servicios dotacionales e infraestructuras de servicio público que resulten imprescindibles.
32.A las personas que presten servicios presenciales imprescindibles para el despacho aduanero, los de vigilancia aduanera y los realizados para el desempeño de los servicios críticos necesarios para la aplicación del sistema tributario.
33.A las personas trabajadoras que prestan servicios en aquellos sectores o subsectores que participan en la importación y suministro de material sanitario, como las empresas de logística, transporte, almacenaje, tránsito
aduanero (transitarios) y, en general, todas aquellas que participan en los corredores sanitarios.
34.A las personas que prestan servicios en operadores logísticos e industrias textiles o de otra índole dedicadas o reconvertidas a la fabricación o importación de material sanitario.
35.A las personas que trabajan en la distribución y entrega de productos
adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia.
36.A las personas que presten los servicios mínimos necesarios para el mantenimiento y conservación de las instalaciones que paralicen su actividad durante el periodo señalado
37.A las personas trabajadoras que ya se encuentren prestando servicios a
distancia, salvo pacto en contrario entre el empleador y la representación legal de las personas trabajadoras a través de la negociación colectiva o, en ausencia de dicha representación, las propias personas trabajadoras.
38.A las personas trabajadoras que se encuentren en situación de
incapacidad temporal en los días de vigencia del permiso regulado en el presente real decreto-ley, así como aquellas otras cuyo contrato esté suspendido por otras causas legalmente previstas, entre ellas, las
previstas en los apartados d) y e) del artículo 45.1 d y e Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
39.También tendrán consideración de servicio esencial la actividad sindical y patronal para dar servicio a empresas y personas trabajadoras.
40.Serán excepcionadas de la paralización de actividades no esenciales, aquellas actividades realizadas por empresas dirigidas a salvaguardar la seguridad de las personas y el medioambiente, la sanidad animal, la
seguridad de las minas, prevención y extinción de incendios, así como las dirigidas a la búsqueda y rescate de personas.

domingo, 22 de marzo de 2020

Coronavirus


El coronavirus es una pandemia, eso quiere decir que es una enfermedad extendida por todo el planeta. Incontables personas están afectadas por la enfermedad y sus consecuencias, algunos morirán, algunos perderán a seres queridos, otros sufrirán graves consecuencias económicas...y otros padecerán alguna molestia. España esta entre los países con mas casos registrados y como tal ha tomado medidas drásticas para frenar el virus. Puede que sean las medidas adecuadas, puede que sean insuficientes o puede que sean excesivas, puede que se hayan tomado a tiempo puede que se hayan tomado tarde o demasiado temprano. El caso es que no son medidas demasiado distintas a las adoptadas por otros países, incluida China, medidas que solo serán efectivas si todos remamos en la misma dirección y actuamos con autentico sentido de comunidad. A toro pasado todos somos expertos pero ahora lo que toca es quedarnos en casa, ayudar a nuestros familiares y vecinos mas vulnerables y conseguir frenar la expansión del coronavirus. Cuanto antes pase menores serán las consecuencias para nuestro país y menos personas se quedaran en el camino. No podemos olvidarnos de agradecer a tantas personas que están trabajando en condiciones muy difíciles para superar esta crisis.

viernes, 20 de marzo de 2020

Valentina


En su intervención parlamentaria de ayer, Pedro Sanchez hizo "famosa" a la trabajadora del Congreso que se desinfectaba el estrado tras cada intervención: Valentina Cepeda. El pequeño gesto de darle las gracias a Valentina sirvió para hacernos un poco mas conscientes de todas las personas que siguen trabajando para hacernos la cuarentena mas llevadera, por ejemplo el personal de las empresas de limpieza. Gracias a todos ellos y en especial a Limpiezas De La Fuente que mantienen mi comunidad.

viernes, 13 de marzo de 2020

El Gobierno de Pedro Sanchez decreta el estado de alarma.


España, en estado de alarma. El Gobierno de Pedro Sánchez decreta, por segunda vez en democracia, medidas excepcionales que impiden el libre movimiento de personas por la crisis del coronavirus. Pueda que estas medidas sean impopulares pero son muy necesarias.

jueves, 12 de marzo de 2020

Fernando Simón Soria, médico epidemiólogo


El coranovirus nos tiene a todos en vilo, trastocando la vida de los países y las personas. Una epidemia de la que aun quedan muchas cosas por saber y nos llena de incertidumbres. En España lo que vamos sabiendo tiene una cara y un nombre: Fernando Simón Soria, médico epidemiólogo, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias y que cada día da la cara en una rueda de prensa ofreciendo información y contestando a las preguntas sin perder la calma ni la paciencia. creo que todos le debemos agradecimiento por esta parte de su trabajo que nos da una dosis de serenidad en medio de tanto caos.

domingo, 8 de marzo de 2020

Hoy es el Día Internacional de la Mujer, un día festivo y también de reivindicación.

Hoy es el Día Internacional de la Mujer, un día festivo y también de reivindicación. Un día para celebrar lo mucho que se ha avanzado en la lucha por la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y para recordarnos que no hay que bajar la guardia y seguir avanzando, especialmente en cuestiones como la violencia machista que, a mi parecer, es el grave problemas que encaran las mujeres en España. También es un día para recordar que la situacion en el mundo no es la que vivimos en occidente, la vida de las mujeres en gran parte de la Tierra es brutal, sometidas a malos tratos y abusos que aquí nos parecerían inconcebibles, el crecimiento de ideologías misóginas o la pervivencia de costumbres antediluvianas supone para muchos millones de mujeres la carencia de los derechos mas fundamentales, la mutilación genital, el matrimonio infantil, la denegación del acceso a la educación...y malos tratos físicos y psicológicos sin limite. Pensemos en la vida de estas mujeres antes de apelar a esos lugares comunes que tanto daño hacen: "Esa es su cultura y hay que respetarla", "Son sus costumbres", "Aquí también tenemos problemas con el patriarcado"...

jueves, 5 de marzo de 2020

"Sola y borracha, quiero llegar a casa"



Se acerca el 8 de Marzo y surgen por todos lados convocatorias, lemas, contraconvocatorias y contralemas, lo que esta muy bien porque no deja ser prueba de vitalidad democrática. A pesar de que la igualdad entre hombres y mujeres es una cuestion muy seria y la libertad sexual aun lo es mas (aunque parece que para algunos solo es una disculpa para hacerse una foto con leyes fabricadas deprisa y corriendo), no esta mal dar un cierto toque de humor, jugando a usar lemas que choquen y sorprendan. En este sentido me gusta el eslogan del Ministerio de Igualdad: "Sola y borracha, quiero llegar a casa", es claro y contundente, poniendo el foco en un mensaje que es importante recordar todas las veces que sean necesario: que las victimas de agresiones no tienen que demostrar una conducta irreprochable para ser victimas.

martes, 3 de marzo de 2020

La actriz Candela Peña sobre las cuotas en el cine.


La actriz Candela Peña sobre las cuotas en el cine: "Si es un truño de directora y hace un mojón de película, no le deis dinero solo por ser mujer".
Tiene toda la razón del mundo, la igualdad no pasa por nuevas formas de discriminación ( aunque sean bienintencionadas) ni por tratar a las mujeres como perpetuas menores de edad.
¿Que especiales dificultades tiene hoy una mujer que quiera ser directora de cine, en que ve limitada su posibilidad de acceder a los estudios necesarios?¿ O es que tu crees que las aspirantes a cineastas son unas tontitas incapaces de vender sus proyectos a los productores como harían sus compañeros?

lunes, 2 de marzo de 2020

Willy Toledo absuelto de blasfemia.


Willy Toledo fue absuelto de la acusación de herir el sentimiento religioso al insultar a Dios y a la Virgen. En la sentencia la jueza afirma que "la falta de educación, el mal gusto y el lenguaje soez utilizado por el acusado”no acredita que haya incurrido en un delito. Estoy completamente acuerdo con este planteamiento y es sorprendente que en España siga existiendo una ley antiblasfemia que pueda usarse contra un derecho tan fundamental como la libertad de expresión; con tantas reformas que se anuncian es bastante extraño que en el Gobierno nadie mencione la necesidad de acabar con este despropósito.
La Asociación de Abogados Cristianos mucho mejor harían denunciando la multitud de abusos que se dan en la Iglesia Catolica.